Cree modificación del Código Laboral no acabará mafias

SD. El ex juez de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), Julio Aníbal Suarez, consideró que una modificación del Código Laboral Dominicano no eliminaría las mafias de abogados como plantea el ministro de Trabajo, Francisco Domínguez Brito.

El ex magistrado y especialista en derecho laboral entiende que no es el momento para que el país se aboque a una modificación del Código, porque para combatir las mafias basta con la correcta aplicación de las legislaciones vigentes, incluyendo la penal.

Suárez indicó que si algo tiene que modificarse en el Código de Trabajo debe ser el aspecto procesal, para hacerlo menos inflexible y que su rigor no siga impidiendo a las partes depositar pruebas esenciales para la solución del litigio.

"No es momento para ello -la modificación del Código-, pues la debilidad que padece el movimiento sindical no le permite, en una confrontación legislativa, ni siquiera preservar los derechos que dicho Código reconoce a los trabajadores, mucho menos obtener mejoría de los mismos", manifestó.

El abogado, especialista en el tema laboral, recordó que el sector empresarial promueve la revisión en procura de beneficios para ese sector, entre los que menciona la posible eliminación del auxilio de cesantía, un derecho cardinal de los trabajadores.

"Lo mismo puede decirse cuando enfoca la necesidad de modificar lo relativo a la libertad sindical, aunque no lo dice, por el contexto de sus declaraciones es obvio que pretende que se disminuya un derecho consagrado en los convenios 87 y 98 de la OIT, los cuales no pueden ser desconocidos por el Estado Dominicano, por ser un compromiso adquirido mediante una norma internacional que forma parte del bloque de constitucionalidad, que no puede ser desconocido por una ley adjetiva", afirmó el jurista.

Suárez considera que la propuesta del ministro de Trabajo echa tierra al principio fundamental de la ley laboral, que instituye el trabajo como una función social que debe ser ejercida con la asistencia y protección del Estado, lo que, a su juicio, impide a los funcionarios promover leyes tendentes a impedir esa protección.


"El artículo 16 del Tratado de Libre comercio con Estados Unidos y Centroamérica, prohíbe limitar los derechos de los trabajadores con fines de mantener las inversiones o procurar nuevas".

Fuente/Externa
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